F.A.Q.
Preguntas frecuentes sobre Topografía y Geomensura
Un Levantamiento Topográfico consiste en la medición exacta de la realidad física existente de un terreno o lugar y su representación gráfica en un plano a escala. Lo más habitual hoy en día es la generación de un fichero informático tipo MDT (modelo digital de terreno), con el que no sólo obtendremos la superficie, sino también desniveles, pendientes, compensación de tierras en caso de nivelación de terreno o cualquier otro dato de interés.
Georreferennciado significa que el Levantamiento Topográfico se realiza en un sistema de coordenadas geográficas global y que todos los elementos del plano están en su ubicación y orientación exactas. El sistema más utilizado es la proyección UTM y en España el datum ETRS89. De ésta forma nos aseguraremos de que nuestro plano pueda ser insertado en cualquier base de datos geográfica en su situación correcta.
El Catastro es el censo o estadística descriptiva y gráfica de bienes inmuebles ya sea de tipo Rústico o Urbano de un municipio, es dependiente del Ministerio de Hacienda, y su fin fundamental es de tipo fiscal, es decir la recaudación del impuesto de bienes inmuebles o IBI. El Registro de la Propiedad a su vez, tiene por objeto la inscripción de los derechos de propiedad, cargas y/o servidumbres, sobre los bienes inmuebles. Es dependiente del Ministerio de Justicia, y el fin principal es proporcionar seguridad jurídica al propietario.
Ambos organismos usan como base fundamental el elemento territorial, fincas registradas en el Registro de bienes inmuebles o parcelas catastrales rústicas o urbanas en el Catastro. Para basarse en este elemento territorial hay que describir de un modo detallado de qué elemento se trata para no confundirlo con otro. Para ello cada uno de estos dos organismos fija unas características físicas que permiten definir unívocamente este elemento territorial. En el Catastro el bien inmueble se describe de un modo gráfico a través de la cartografía catastral, mientras que en el Registro se utiliza más bien el modo de literal.
El problema surge cuando la información de Catastro no coincide con la realidad física de nuestro terreno, finca o bien inmueble o con su descripción en el Registro o cuando sus límites no están bien definidos o señalizados sobre el terreno, o existen dudas de que estén mal situados, por lo tanto, esa parcela debe de ser deslindada.
En estos casos es donde se debe recurrir a los Ingenieros en Topografía para ayudar a solucionar estos problemas.
La división o segregación de una finca es la separación de una parte de la misma para constituir por sí sola una independiente ante el Registro y Catastro. Esto puede ser por motivos muy diferentes como; Herencias, compra venta parcial del suelo, etc.
Para realizar la segregación de una finca, aparte de la documentación que puedan solicitar las administraciones públicas, se ha de aportar un pequeño proyecto que contenga una memoria descriptiva de dicha segregación así como un plano Topográfico de la finca original, especificando sus lindes correctamente y su superficie, y el plano topográfico de las fincas resultantes con su certificado catastral de superficie y las coordenadas de los vértices de propiedad de cada una de ellas.